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La Cámara Federal de Casación revocó el despido del gerente de supermercado Alfredo Coto y su hijo Germán y ordenó reanalizar su situación en el caso de el hallazgo de un arsenal en el sótano de una de sus tiendas en septiembre de 2016.

La decisión vino de IV. panel del máximo tribunal penal federal del país, que entendió que hubo un análisis «parcial» de los hechos por parte del Poder Judicial de primera instancia y del Consejo Federal en Buenos Aires, donde se confirmaron los sobreseimientos, según el tribunal. … decisión de las 77 carillas a las que tuvo acceso Télam.

La Casación acogió parcialmente el recurso del fiscal y ordenó la «anulación de la resolución impugnada sobre la orden de sobreseimiento». imputados Alfredo Coto, Germán Coto, Cristian Javier Oscar González y Estelita Eufracia Herrera, y remitir las actuaciones al juzgado de origen para que dicte nueva sentencia» con base en los lineamientos dados en su sentencia

El caso investiga el hallazgo de armas utilizadas por fuerzas de seguridad en el almacén del supermercado Coto de Paysandú al 1800 de la Ciudad de Buenos Aires, en septiembre de 2016.

ellos eran hombres de negocios despedidos cuando se dieron cuenta de que no podían estar al tanto de todo lo que sucedía en sus instalaciones, en función del tamaño de la empresa.

Pero la Casación se ha percatado ahora de que hubo un «análisis fragmentado de la prueba de la causa», permitiendo que el recurso interpuesto en primera instancia por el fiscal en el caso de Paloma Ochoa, y luego retenido por el fiscal, Ángel Agüero Iturbe, ante el panel. .

En 77 páginas, los jueces de casación Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo cuestionaron la justificación de las decisiones por las que se sobreseyó a los imputados y Entendieron que debían avanzar hacia la etapa del juicio oral.

“En cuanto a la situación de Alfredo Coto y Germán Coto, tiene razón el recurrente en la valoración fragmentada de la prueba practicada”, se confirmó en la sentencia.

La prueba “permite cubrir suficientemente el umbral probatorio para avanzar en el proceso penal contra los señalados”, afirmó el juez Hornos en su voto.

Entre ellos, «destaca que ambos eran responsables del colectivo usuario «Coto CICSA» ante la Anmacque crea, como toda suscripción de esta naturaleza, ante la institución que controla el flujo de armas y otros elementos peligrosos para la seguridad general, obligaciones respecto de los materiales que se encuentran dentro de su ámbito de supervisión”.

“Cabe recordar que, además de una gran acumulación de armas y otros elementos explosivos, fueron secuestrados dos armas a título personal del nombrado», enfáticamente.

“Creo que existen pruebas suficientes para iniciar la causa, y la etapa del juicio oral será la indicada para resolver su eventual responsabilidad penal en relación con los hechos investigados”, concluyó el juez.

Casación analizó que los Cotos «asumieron obligaciones personales con la Anmac» y que de la prueba se desprende que «ambos conocían y ejercían control y poder de decisión sobre el material prohibido incautado».

«Se puede concluir que tanto la resolución impugnada como la resolución de primera instancia por ella confirmada son prematuramente e infundadamente sustraídas del proceso» dado que «no puede considerarse un acto judicial válido», añadió la criada Borinsky.

¿Qué encontraron en la operación?

En el proceso se encontraron 227 granadas, misiles de gas 41 MM RIOT CS SMOKE, 27 armas de fuego, dos lanzadores, 3886 municiones, 14 chalecos antibalas, 22 cascos tácticos sin número visible, un silenciador y nueve escudos de contraataque.

Una parte del material «era de la Guardia de Infantería de la Policía Federal Argentina» y la otra era utilizada por la Prefectura Naval.

“También se estableció que la tenencia de 29 piezas de armas encontradas no puede ser considerada legal debido a que el colectivo usuario [Coto] los permisos emitidos por la Anmac están vencidos”, agregaron.

El material fue “clasificado como arma de uso exclusivo de las instituciones armadas y se constató el disparo continuo de granadas antidisturbios para el control de disturbios”.

En cuanto a los otros dos imputados cuyas diligencias fueron revocadas, en el caso González era el jefe de la armería del grupo Albatros de la Prefectura Naval a la que iban destinados originalmente «los 499 cartuchos sujetos encontrados en el predio Coto en CABA».

En cuanto a Herrara, “tenía bajo su autoridad el cuidado y resguardo del material destinado al uso exclusivo de las fuerzas de seguridad, el cual finalmente fue encontrado en las instalaciones de la empresa “Coto” ya que al momento de los hechos ella era la jefe del Departamento de Armas y Protección Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

Analista de Contenidos Sr en Gobble
Llevo aproximadamente 7 años dedicándome al sector de los contenidos, enfocándome principalmente en la generación de artículos nuevos y haciendo propuestas para empresas.
David Rodríguez

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