Resolución 1152023 explica que una solicitud de prórroga debe estar justificada por razones logísticas o comerciales
La Resolución 115/2023 explica que la solicitud de prórroga debe estar justificada por razones logísticas o comerciales.

Exportadores que cumplen Programa de mejora de exportaciones (PIE) en las dos versiones anteriores y que tienen Declaraciones sobre ventas en el exterior (DJVE) en vigor podrá solicitar una Ampliación extraordinaria del plazo de envío en 60 días naturalesdijo el Ministerio de Agricultura.

lo hizo a través de resolución 115/2023 publicó este martes en el Boletín Oficial, que señaló que la solicitud de prórroga debe estar justificada por razones logísticas o comerciales.

Asimismo, señaló que se excluye del PIE el registro de nuevas operaciones de Declaración Jurada de Ventas al Exterior de la modalidad DJVE 30, las cuales tienen una prórroga de 30 días naturales posteriores al vencimiento del plazo de embarque.

Por su parte, Agricultura monitoreará la compra y venta de granos relacionados con el registro de DJVE, que forman parte del Programa.

La resolución también dispuso que quienes vendan soya a empresas involucradas en el PIE a través de liquidaciones secundarias de granos deberán garantizar que están respaldadas por liquidaciones primarias de granos anteriores o que se venden en mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores.

Analista de Contenidos Sr en Gobble
Llevo aproximadamente 7 años dedicándome al sector de los contenidos, enfocándome principalmente en la generación de artículos nuevos y haciendo propuestas para empresas.
David Rodríguez

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